Instalación de parques infantiles de exterior. Requisitos y recomendaciones.

Instalación de parques infantiles de exterior. Requisitos y recomendaciones.


La instalación de parques infantiles de exterior en espacios públicos y en áreas de juego comunitarias como colegios, guarderías, centros comerciales, campings, hoteles, urbanizaciones o comunidades de propietarios, deben cumplir con los requisitos exigidos por los ayuntamientos o comunidades autónomas donde estarán ubicados.

Aunque no todos los municipios y comunidades cuentan con una normativa o legislación específica para las áreas de juego infantiles destinadas al uso público y comunitario, es importante tener en cuenta una serie de requisitos y recomendaciones que resumimos a continuación:
 

  • Los parques infantiles de exterior deben instalarse en zonas en las que se evite la elevada contaminación atmosférica y acústica, la proximidad de tendidos eléctricos, vertederos o canalizaciones de agua de gran capacidad.
 
  • Las áreas de juego deberán estar debidamente acotadas y separas del tráfico rodado, bien mediante una distancia mínima de treinta metros o bien a través de una separación por medios naturales o artificiales, como pueden ser las vallas para parques infantiles.
 
  • Los parques infantiles, especialmente los de uso público, deben ser accesibles para niños con discapacidad, por lo que deben contar con juegos infantiles adaptados donde puedan jugar juntos todos los niños, independientemente de sus capacidades.
 
  • Debe prohibirse la entrada de bicicletas, patinetes y cualquier tipo de vehículo, así como el acceso de animales a las áreas de juego. 
 
  • En los parques infantiles deben figurar carteles que contengan una serie de indicaciones útiles para los usuarios, como los teléfonos de urgencias y de la empresa de mantenimiento del parque, las prohibiciones y recomendaciones de uso, como por ejemplo la obligación de acompañamiento de un adulto respecto de los menores de tres años en las áreas de juego infantil.
 
  • Los juegos o equipamientos que tengan una altura de caída libre superior a 600 mm deben contar con revestimiento amortiguador en la totalidad de la superficie.
 
  • Para los columpios, la distancia lateral mínima del columpio a un cerrado tipo valla o similar deberá ser de 1,5 m.
 
  • En cuanto a los balancines, deberá existir un espacio libre al suelo mínimo de 239 mm. Los elementos de soporte no deberán comprimirse más de un 5%, evitando los posibles pellizcos y aprisionamiento en los pies y las manos.

Estas son las principales recomendaciones a la hora de llevar a cabo la instalación de parques infantiles de exterior de uso público o comunitario, en cualquier caso hay que tener en cuenta que los titulares de los parques infantiles son los responsables de su instalación, mantenimiento y conservación.

Si desean ampliar información o recibir un asesoramiento personalizado para la instalación de su área de juego o parque infantil, pueden contactar con nosotros sin ningún compromiso. Estaremos encantados de asesorarles y ofrecerles nuestros más quince años de experiencia dedicados a la venta, instalación y mantenimiento de parques infantiles de uso público y comunitario. 


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